REGLAMENTO INTERNO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA COMPAÑÍA DE INFANTERÍA SAN MIGUEL

DISPOSICIÓN INICIAL: En cumplimiento del articulo 19 de la ORDENANZA DEL ALARDE, se ha elaborado este Régimen Interior, de manera que en ningún caso o norma alguna del mismo esté en contradicción con ninguno de los anteriores. Se compone de los siguientes artículos:

 

 

ARTICULO 1º

 

La participación de la CIA SAN MIGUEL en el ALARDE constituye para todos sus componentes por el carácter votivo, popular y tradicional del ALARDE un honor y un acto de servicio voluntario, encaminado a dar cumplimiento de la promesa de nuestros antepasados.

 

ARTICULO 2º

 

La compañía se compone de soldados, siendo la única representación femenina la cantinera, y así están distribuidos:

Una cantinera

Un capitán

Un teniente

Dos alféreces

Dos sargentos

Un cabo banderín

Dos cabos

Un cabo pífanos

Un cabo redobles

Un cabo tambores

Una banda (pifanos , redobles , tambores)

Hombres armados

 

*La edad mínima para participar en el ALARDE será de 18 años

 

ARTICULO 3º

 

DEL CAPITAN
Es la máxima autoridad de la compañía y debe reunir los siguientes requisitos:

– Ser natural y residente en Irún , o excepcionalmente, aún no siendo natural de esta localidad residir en ella por un periodo ininterrumpído de 25 años y haber participado en la compañía durante un periodo minino de 10 años.

– Será elegido por la compañía por un periodo de cuatro años, con un máximo de una reelección La cádidatura deberá ser avalada, por tres componentes de la compañía.

– Será facultad del capitán el nombramiento de TENIENTE, ALFERECES, SARGENTO, CABO BANDERÍN y CABO

– Representara a la compañía en todos los actos que fuera necesario.

 

ARTICULO 4º

 

TENIENTE / ALFÉREZ
El teniente y los alféreces serán nombrados por el capitán, y se les exigirá las mismas condiciones que para capitán e indispensable para ser nombrados llevar 10 años participando en la compañía.

 

ARTICULO 5º

 

SARGENTO , BANDERIN Y CABOS
El sargento. banderín y cabos serán nombrados por el capitán, siendo condición indispensable llevar cinco años participando en la compañía

 

ARTICULO 6º

LA COMISION
La comisión estará compuesta por un mínimo de 13 miembros, elegidos por el capitán y presentados a la cia , serán miembros natos el capitán, que la presidirá, el teniente y los alféreces y los componentes serán:
El capitán

El teniente

Los alféreces

El cabo pífanos

El cabo redobles

El cabo tambores

El cabo banderín

El cabo cola

El sargento cola

4 escopetas

Los ex-capitanes de la Cia a partir del año 2011 con carácter informativo por su experiencia en caso de una comisión mayor, se guardará esta proporción 3 banda x7 escopetas el nombramiento tendrá una duración de cuatro años contados a partir de su nombramiento hasta el nombramiento de la nueva comisión, pudiendo estos ser reelegidos, el capitán nombrará a uno de los miembros elegidos como secretario, quien levantará acta de los acuerdos adoptados en las reuniones que se celebren serán funciones de la comisión:

  • Vigilar el cumplimiento de las Ordenanzas del Alarde y del presente régimen
  • Apoyar a los mandos de la compañía
  • Vigilar la organización y buen funcionamiento de la compañía en el Alarde
  • Convocar elecciones a capitán cada 4 años
  • Presidir la elección de cantinera
  • Mantener actualizadas las listas de la compañía (banda y escopetas)
  • Administrar los fondos de la compañía

La comisión tendrá carácter de delegada, permanente y ejecutiva por lo que podrá reunirse en cualquier fecha y lugar a requerimiento de capitán, general o de 2/3 de la misma. Sus acuerdos serán siempre vinculantes y de obligado cumplimiento dentro de sus atribuciones y en caso de conflicto se estará a lo que determine el General.

 

ARTICULO 7º

 

 

LA CANTINERA Y LOS ACOMPAÑANTES
Relacionado con su elección se tendrán en cuenta las normas de la compañía. Será ratificada por el capitán. La edad mínima será de 20 años cumplidos en el año. Para ser cantinera será condición indispensable, ser soltera y sanmarcialera, ser natural de Irún o llevar residiendo en la ciudad durante los 15 últimos años, y su residencia dentro de los límites del barrio como mínimo de tres años.
Con objeto de que la renovación sea constante, las elegidas solamente podrán formar parte del alarde una sola vez

 

ARTICULO 8º

 

DE LA BANDA DE MUSICA
Se ajustara a lo establecido en la Ordenanza y para ello hemos elaborado un régimen interior solo de la banda de música
todo componente de la banda que desfile en alguna de las UNIDADES ESPECIALES perderá su puesto como miembro de la misma

 

ARTICULO 9º

 

OBLIGACIONES
El cápitan,el teniente, los álfereces, sargentos, banderín y cabos están obligados a formar con sus armas en el monte San Marcial, en compañía de la cantinera para dirigirse a continuación a la Misa de Campaña que allí se celebra.

La participación en la Revista del día de San Pedro es obligatoria para todos los componentes de la compañía están prohibidos los tiros sueltos durante el desfile y la revista, el autor o autores serán fuertemente sancionados.
Las dos primeras filas de escopetas tienen la obligación de quedarse a las descargas oficiales tanto en la PLAZA SAN JUAN como en LA PLAZOLETA DEL JUNCAL.
Las obligaciones del día de SAN MARCIAL con indicación de hora y lugar serán las que fije el cápitan serán de obligado cumplimiento, así como las que fije el general

 

ARTICULO 10º

SANCIONES
En cuanto al régimen disciplinario se estará a lo dispuesto en la ORDENANZA y a las sanciones que establezca ,en su caso, la comisión previo a la sanción se dará audiencia al sancionado.

 

ARTICULO 11º

 

COMPAÑÍA EN GENERAL
Se exigirá rigurosa uniformidad y compostura así como disciplina durante el ALARDE

DEL UNIFORME DEL DIA DE SAN MARCIAL

-txapela roja
-pañuelo rojo al cuello por la tarde sin ningún anagrama ( solo rojo)
-pañuelo rojo en el bolsillo de la chaqueta
-chaqueta negra
-corbata roja
-camisa blanca
-pantalón blanco
-faja roja
-calcetines blancos
-alpargatas blancas con cordones negros

 

DEL DIA DE LA REVISTA DE SAN PEDRO
– Txapela roja
– Camisa blanca de la compañía
*Prohibidos los pantalones cortos

 

DE LOS ENSAYOS UNIFORMIDAD

– Polo o niki de color rojo con el escudo de la compañía (obligatorio) ó en su defecto sin escudo pero de color rojo

 

 

DISPOSICIONES FINALES
Este régimen tiene vigencia a partir del 8 de noviembre de 2008

 

SOBRE LA ELECCIÓN DE CANTINERA
La elige la compañía al completo a una sola votación y las tres mas votadas pasan a un sorteo cada una con el número de votos conseguidos. Para poder votar hay que tener carnet de la Cía. con un año de antigüedad y estar al corriente del pago de la cuota anual. La comisión vigilará que todas las candidatas reúnan las condiciones exigidas para poder presentarse a la elección.

 

Irun, a ocho de noviembre de 2008